¿Cuándo se puede evitar el representante fiscal?
La cuestión de si un representante fiscal acreditado es realmente obligatorio o si existe una alternativa depende de dos factores: el país de establecimiento de su empresa (o su país de residencia) y la naturaleza de las operaciones realizadas en Francia.
El principio general establecido por el artículo 289 A del CGI es claro: solo las empresas establecidas fuera de la Unión Europea y en países que no han firmado un convenio de asistencia mutua con Francia tienen la obligación de designar un representante fiscal acreditado. Para las demás, existen alternativas legales, pero no siempre cubren la totalidad de las situaciones.
La ventanilla única OSS/IOSS: alcance y límites
Desde julio de 2021, la ventanilla única europea de IVA (OSS — One Stop Shop) y su equivalente para las importaciones (IOSS — Import One Stop Shop) ofrecen una simplificación significativa para los comerciantes electrónicos. Pero su alcance suele sobreestimarse:
- OSS Unión: permite a las empresas de la UE declarar el IVA sobre sus ventas B2C intracomunitarias desde un solo Estado miembro. No cubre las ventas desde stocks localizados en un Estado miembro (que siguen sujetas al IVA local).
- OSS fuera de la Unión: reservado a las empresas no establecidas en la UE para sus prestaciones de servicios B2C a particulares de la UE. No cubre las ventas de bienes.
- IOSS: permite declarar el IVA sobre las importaciones de bienes de valor inferior a 150 € enviados directamente al consumidor final de la UE. No cubre los bienes almacenados en la UE antes de la venta.
En la práctica, si utiliza un almacén logístico en Francia (Amazon FBA, Cdiscount Fulfillment, 3PL independiente), no puede utilizar el OSS o el IOSS en lugar de un registro de IVA local y, si es de fuera de la UE, de un representante fiscal acreditado.
El registro directo para las empresas de la UE
Las empresas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea pueden, desde la transposición de la directiva 2006/112/CE, identificarse al IVA francés directamente ante el Servicio de Impuestos para Empresas Extranjeras (SIEE), sin pasar por un representante fiscal acreditado.
Este registro directo les permite recaudar y declarar el IVA francés en su propio nombre. Es adecuado para las empresas que:
- Almacenan y venden bienes en Francia desde un almacén local.
- Realizan adquisiciones intracomunitarias imponibles en Francia.
- Efectúan prestaciones de servicios para las que el IVA francés lo debe abonar el prestador (B2C).
El registro directo implica sin embargo las mismas obligaciones declarativas que un contribuyente francés: depósito de las CA3 periódicas, ingreso del IVA en los plazos, archivo de los justificantes. Sin representante fiscal, la empresa gestiona sola estas obligaciones, lo que requiere un conocimiento profundo de la normativa francesa.
Tabla comparativa de opciones según su situación
Esta tabla resume las opciones disponibles según su país de establecimiento y la naturaleza de sus operaciones en Francia:
| Situación | ¿Representante fiscal obligatorio? | Alternativa posible |
|---|---|---|
| Empresa UE — ventas B2C en línea | No | OSS Unión |
| Empresa UE — stock en Francia | No | Registro directo |
| Empresa fuera de la UE — stock en Francia | Sí | Ninguna |
| Empresa fuera de la UE — importación < 150 € B2C | No | IOSS |
| Particular no residente — plusvalía < 150 k€ | No (ley) | Representante recomendado |
| Particular no residente — plusvalía > 150 k€ | Sí | Ninguna |
Si tras el análisis su situación requiere un representante fiscal acreditado, consulte nuestra lista de representantes fiscales acreditados en Francia para encontrar el profesional adaptado a su caso.