IVA & Representación fiscal

Representante fiscal IVA en Francia: obligaciones y trámites

¿Su empresa está establecida fuera de la UE y realiza operaciones en Francia? La designación de un representante fiscal IVA acreditado es una obligación legal que no puede ignorar.

Representante fiscal IVA: ¿de qué se trata?

En materia de IVA, el representante fiscal es el mandatario acreditado por la DGFiP que asume el conjunto de las obligaciones declarativas de una empresa no residente ante la administración tributaria francesa. No es únicamente un intermediario administrativo: es solidariamente responsable del pago del IVA junto con la empresa que representa, lo que confiere a su misión un carácter jurídico de gran peso.

Esta obligación está anclada en el artículo 289 A del Código General de Impuestos, que impone su designación a toda empresa establecida fuera de la Unión Europea desde el momento en que realiza operaciones sujetas al IVA en territorio francés. El incumplimiento de esta obligación expone a la empresa a sanciones, al bloqueo de sus actividades en Francia y a la responsabilidad personal de sus dirigentes.

¿Quién está exento? Las empresas establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o en un país vinculado a Francia por un convenio de asistencia mutua para el cobro están dispensadas de la obligación de representante fiscal IVA. No obstante, pueden optar por designar uno para facilitar sus trámites.

¿Qué empresas están obligadas a designar un representante fiscal IVA?

La obligación se aplica a toda empresa establecida fuera de la Unión Europea que realice una de las siguientes operaciones en territorio francés:

  • Venta de bienes físicos a clientes franceses (particulares o empresas)
  • Almacenamiento de mercancías en un almacén situado en Francia (incluidos los almacenes Amazon FBA, Cdiscount, etc.)
  • Prestaciones de servicios cuyo lugar de tributación es Francia (según las reglas de territorialidad del IVA)
  • Importación de bienes en Francia seguida de su entrega en territorio nacional
  • Operaciones inmobiliarias sujetas al IVA (venta de inmuebles nuevos, etc.)

Están afectadas las sociedades estadounidenses, británicas (post-Brexit), chinas, canadienses, australianas, así como cualquier entidad domiciliada en un país sin convenio de asistencia fiscal con Francia. Los vendedores en Amazon FBA, Cdiscount, Fnac Marketplace o cualquier otro marketplace con almacenamiento en Francia se ven especialmente afectados por esta obligación.

Registro IVA y declaraciones: ¿cómo funciona?

El proceso comienza con la firma de un contrato de mandato con un representante fiscal acreditado. Éste constituye el expediente de registro IVA y lo presenta ante el Servicio de Impuestos de Empresas (SIE) de Empresas Extranjeras, ubicado en París. El plazo para obtener el número de IVA intracomunitario francés es generalmente de dos a seis semanas según la complejidad del expediente.

Una vez registrada, la empresa debe declarar y pagar el IVA repercutido a la frecuencia fijada por la administración: mensual si el importe anual de IVA exigible supera los 4 000 €, trimestral por debajo de ese umbral. Es el representante fiscal quien presenta las declaraciones de volumen de negocios (formulario CA3), calcula el IVA neto a pagar (IVA repercutido menos IVA soportado) y efectúa los pagos.

En caso de crédito de IVA (IVA soportado superior al IVA repercutido), el representante fiscal puede solicitar la devolución a la administración tributaria francesa, respetando los plazos y los umbrales reglamentarios. Este procedimiento de devolución puede ser particularmente ventajoso para las empresas que importan masivamente en Francia.

Inicie los trámites antes de sus primeras operaciones El número de IVA debe obtenerse antes de la primera entrega o prestación en Francia. Facturar sin un número de IVA válido expone a la empresa a una regularización tributaria sobre el conjunto de las operaciones realizadas, acompañada de sanciones e intereses de demora que pueden alcanzar el 40 % del importe adeudado.

Las guías de esta sección

Encuentre a continuación todas las guías detalladas sobre el representante fiscal IVA en Francia.

Empresa fuera de la UE

Obligaciones IVA y representación fiscal para las sociedades establecidas fuera de la Unión Europea.

Leer la guía

Registro IVA Francia

Trámites y documentos necesarios para obtener un número de IVA intracomunitario en Francia.

Leer la guía

Declaraciones de IVA

CA3, frecuencia, plazos: todo sobre las declaraciones de IVA gestionadas por el representante fiscal.

Leer la guía

Devolución de IVA

Cómo recuperar un crédito de IVA francés siendo una empresa extranjera.

Leer la guía

Ventanilla única OSS/IOSS

Cuándo basta la ventanilla única y cuándo se necesita igualmente un representante fiscal.

Leer la guía

Brexit e IVA — Reino Unido

¿Deben las empresas británicas tener un representante fiscal IVA en Francia tras el Brexit?

Leer la guía

Servicios digitales e IVA

Obligaciones IVA para los prestadores extranjeros de servicios digitales vendidos en Francia.

Leer la guía

Operaciones sujetas a impuesto

Qué operaciones hacen obligatorio el IVA francés para un no residente.

Leer la guía

Garantía bancaria

Lo que hay que saber sobre el aval y la garantía exigidos al representante fiscal IVA.

Leer la guía

Facturación y menciones

Menciones obligatorias en las facturas emitidas con un número de IVA francés.

Leer la guía

Países con convenio fiscal

Algunos países tienen un convenio de asistencia: ¿es obligatorio el representante o no?

Leer la guía

Aduanas y accisas

¿Puede el representante fiscal intervenir para las obligaciones aduaneras y las accisas?

Leer la guía

IVA inmobiliario

IVA sobre las operaciones inmobiliarias realizadas en Francia por extranjeros.

Leer la guía

Casos prácticos

Ejemplos concretos de representación fiscal IVA para diferentes situaciones.

Leer la guía

Preguntas frecuentes

Sí, es una obligación legal prevista por el artículo 289 A del CGI. Toda empresa establecida fuera de la Unión Europea que realice operaciones sujetas al IVA francés debe designar un representante fiscal acreditado por la DGFiP antes de comenzar su actividad en Francia.
No. Las empresas establecidas en la Unión Europea se benefician de los mecanismos de asistencia mutua entre Estados miembros. Pueden registrarse directamente al IVA francés sin pasar por un representante fiscal. No obstante, pueden optar por recurrir a un mandatario fiscal para gestionar sus declaraciones.
La solicitud de registro se presenta ante el Servicio de Impuestos de Empresas (SIE) de Empresas Extranjeras, generalmente en París. Para las empresas fuera de la UE, la presentación se realiza a través del representante fiscal acreditado, quien constituye el expediente y asume la responsabilidad.
La ventanilla única OSS (One Stop Shop) permite a las empresas de la UE declarar su IVA sobre las ventas B2C a distancia desde un único país. No dispensa a las empresas fuera de la UE de un representante fiscal: deben pasar por el IOSS con un intermediario fiscal acreditado, o recurrir al representante fiscal clásico para sus operaciones en Francia.
El representante fiscal es solidariamente responsable del pago del IVA junto con la empresa extranjera que representa. Si la empresa no paga su IVA, la administración tributaria puede perseguir directamente al representante fiscal. Por eso los representantes acreditados suelen exigir un aval bancario o un depósito de garantía.

¿Necesita un representante fiscal acreditado?

Consulte nuestra lista de representantes fiscales acreditados por la DGFiP. Compare especialidades, solicite presupuesto y garantice el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en Francia.

Consultar la lista 2026 ¿Cómo elegir bien?