IVA & Inmobiliario

IVA inmobiliario y representante fiscal para extranjeros en Francia

Promoción inmobiliaria, SCI extranjera, intermediario inmobiliario no residente: conozca las obligaciones de IVA relacionadas con el sector inmobiliario francés y el papel del representante fiscal acreditado.

Los principios del IVA inmobiliario en Francia

El IVA inmobiliario es un régimen específico del IVA que se aplica a determinadas operaciones sobre bienes inmuebles en Francia. Está regulado por los artículos 257 a 261 del Código General de Impuestos. Contrariamente a una idea muy extendida, no todas las transacciones inmobiliarias están sujetas al IVA: solo las realizadas por sujetos pasivos en su condición de tales entran dentro de su ámbito de aplicación.

Para un extranjero — particular o sociedad — que ejerce una actividad inmobiliaria en Francia, las implicaciones son significativas. El tipo normal del IVA inmobiliario es del 20 %, con tipos reducidos para determinadas operaciones sociales. Las operaciones gravadas deben estar sujetas al registro del IVA y, si el operador está establecido fuera de la Unión Europea, se añade la obligación de designar un representante fiscal acreditado.

Articulación IVA / impuesto sobre las plusvalías El IVA inmobiliario y la tributación de las plusvalías son dos impuestos distintos. Un extranjero que vende un inmueble puede estar sujeto simultáneamente al IVA (si es sujeto pasivo) y a la retención sobre plusvalías (artículo 244 bis A del CGI). El representante fiscal acreditado gestiona ambas obligaciones.

¿Qué operaciones están sujetas al IVA inmobiliario?

Las principales operaciones inmobiliarias gravadas con el IVA en Francia son:

  • Ventas de inmuebles nuevos (menos de 5 años desde su finalización) por un sujeto pasivo: IVA obligatorio al tipo del 20 %.
  • Ventas de inmuebles antiguos por un sujeto pasivo con opción: posibilidad de optar por el IVA para recuperar el IVA sobre las obras.
  • Actividad de intermediario inmobiliario : compraventas de inmuebles con fines lucrativos, sujetas al IVA sobre el margen o sobre el precio total según los casos.
  • Arrendamientos inmobiliarios de uso profesional con opción : el arrendador sujeto pasivo puede optar por el IVA sobre los alquileres de inmuebles de empresa.
  • Obras inmobiliarias realizadas por no residentes : las obras de construcción, renovación o rehabilitación son prestaciones de servicios localizadas en Francia sujetas al IVA francés.
OperaciónIVA aplicableTipo
Venta inmueble nuevo (menos de 5 años)Sí, obligatorio20 %
Venta inmueble antiguo (sujeto pasivo)Con opción20 %
Alquiler sin amueblar para uso residencialExento
Alquiler para uso profesional (opción)Con opción20 %
Obras de construcción / renovación20 % (o tipo reducido)

SCI extranjera y obligaciones de IVA en Francia

Las sociedades civiles inmobiliarias (SCI) extranjeras o cualquier persona jurídica no residente propietaria de un bien inmueble en Francia pueden verse afectadas por el IVA inmobiliario en varias situaciones:

  • Si la SCI opta por el impuesto sobre sociedades y ejerce una actividad de arrendamiento gravada
  • Si realiza obras y recupera el IVA sobre gastos de inversión
  • Si cede un inmueble sujeto al IVA

Una SCI establecida fuera de la UE que realice operaciones gravadas debe obligatoriamente registrarse al IVA en Francia y designar un representante fiscal acreditado. Dicho representante será solidariamente responsable del pago del IVA y se encargará de las declaraciones periódicas ante el Servicio de Impuestos de Empresas Extranjeras (SIEE).

Ejemplo práctico Una holding luxemburguesa adquiere un inmueble en París para reformarlo y revenderlo. Realiza obras por 500.000 € neto con 100.000 € de IVA recuperable. Para recuperar ese IVA, debe estar registrada en Francia. Al estar establecida en la UE (Luxemburgo), no está obligada a designar un representante fiscal en el sentido del artículo 289 A, pero puede hacerlo voluntariamente para garantizar su gestión. Si fuera estadounidense, el representante fiscal sería obligatorio.

Papel del representante fiscal en las operaciones inmobiliarias gravadas

Para una empresa fuera de la UE que realiza operaciones inmobiliarias sujetas al IVA en Francia, el representante fiscal acreditado desempeña un papel central:

  • Obtiene el registro al IVA ante el SIEE (Servicio de Impuestos de Empresas Extranjeras)
  • Elabora y presenta las declaraciones de IVA (CA3 mensuales o trimestrales)
  • Gestiona las solicitudes de devolución de crédito de IVA
  • Coordina con el notario en las transmisiones inmobiliarias sujetas al IVA
  • Es solidariamente responsable del pago del IVA, lo que implica que exige una garantía bancaria suficiente
Riesgo de bloqueo de la transacción Un notario francés no puede formalizar la venta de un inmueble nuevo por un sujeto pasivo no residente de fuera de la UE si este no cuenta con un representante fiscal debidamente acreditado. La ausencia de representante puede bloquear completamente la transacción.

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Preguntas frecuentes

Sí, si el vendedor actúa como sujeto pasivo (promotor, intermediario inmobiliario, SCI sujeta al IVA), la venta de un inmueble nuevo está sujeta al IVA inmobiliario al tipo del 20 %. Si está establecido fuera de la UE, debe obligatoriamente designar un representante fiscal acreditado para esta operación.
Depende de su actividad. Una SCI que arrienda en bruto (alquiler sin amueblar) no está sujeta al IVA. En cambio, si opta por el IVA sobre los alquileres, realiza obras o vende un inmueble como sujeto pasivo, pueden surgir obligaciones de IVA. Se recomienda consultar a un representante fiscal para analizar la situación específica.
El IVA inmobiliario (19,6 % o 20 %) se aplica a las operaciones realizadas por sujetos pasivos (ventas de nuevos, determinados alquileres). El impuesto anual del 3 % sobre el valor venal de los inmuebles en manos de personas jurídicas es un impuesto distinto, del que las entidades extranjeras pueden estar exentas bajo determinadas condiciones (convenio fiscal, declaración IFU 2746).
Sí, si está establecido fuera de la UE (o fuera de los países vinculados a Francia por un convenio de asistencia en materia de recaudación), está obligado a designar un representante fiscal acreditado desde el momento en que realiza operaciones gravadas por el IVA en Francia, en particular compraventas de inmuebles sujetas a IVA.
En principio, el alquiler amueblado está exento de IVA. No obstante, puede estar sujeto a IVA si el arrendador presta además servicios para-hoteleros (recepción, limpieza periódica, ropa de cama, desayuno). En ese caso, el no residente fuera de la UE debe plantearse el registro al IVA y la designación de un representante fiscal.

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