Representante fiscal IVA

IVA sobre servicios digitales en Francia : obligaciones para prestadores extranjeros

¿Presta servicios en línea a clientes franceses desde el extranjero? Esto es lo que exige la normativa francesa del IVA — y cuándo se hace necesario un representante fiscal.

¿Qué es un servicio digital a efectos del IVA francés?

La normativa europea del IVA (Directiva 2006/112/CE, modificada en 2015) introdujo una definición precisa de los servicios prestados por vía electrónica. Se consideran servicios digitales las prestaciones que reúnen dos criterios acumulativos: se prestan a través de internet o una red electrónica, y su prestación está en gran medida automatizada, con una intervención humana mínima.

Entran en esta categoría: software y aplicaciones en modo SaaS, alojamiento de sitios web y datos, streaming de música y vídeo, videojuegos en línea, libros electrónicos y periódicos digitales, formaciones e-learning no interactivas, bases de datos en línea y servicios de publicidad digital automatizada. Los servicios de consultoría o formación impartidos por un ser humano en tiempo real no son servicios digitales en sentido estricto.

Distinción importante Un webinar impartido en directo por un formador es una prestación de servicio "clásica", no un servicio digital. Un curso e-learning de acceso libre en una plataforma automatizada es un servicio digital.

Normas de territorialidad: ¿dónde se debe el IVA sobre servicios digitales?

Desde el 1 de enero de 2015, las normas relativas al lugar de imposición de los servicios digitales B2C se han armonizado en toda la UE. El IVA se debe en el país del consumidor, y no en el del prestador:

  • B2C (Business to Consumer) : IVA adeudado al tipo del país donde está establecido el cliente particular. Para un cliente francés, se aplica el IVA francés al tipo del 20 % (o tipo reducido según el servicio).
  • B2B (Business to Business) : cuando el cliente es una empresa sujeta al IVA, se aplica el mecanismo de inversión del sujeto pasivo. Es el cliente quien autoliquida el IVA en su país. El prestador extranjero no recauda IVA francés.

Esta distinción B2B/B2C es fundamental: una empresa que vende exclusivamente a profesionales franceses generalmente no necesita registrarse a efectos del IVA francés por sus servicios digitales.

Obligaciones de IVA de los prestadores extranjeros de servicios digitales

Un prestador extranjero que suministra servicios digitales a particulares franceses debe recaudar y liquidar el IVA francés. Dispone de varias opciones para cumplir esta obligación:

Situación del prestadorMecanismo recomendado¿Representante fiscal?
Empresa establecida en la UEOSS Unión — declaración en el país de establecimientoNo necesario
Empresa fuera de la UE — solo servicios digitales B2COSS No-Unión — registro en 1 Estado miembroNo (registro directo)
Empresa fuera de la UE — servicios digitales + otros flujos FranciaOSS No-Unión + registro IVA FranciaSí (para flujos fuera del OSS)
Marketplace / plataforma digitalRegla "deemed supplier" — plataforma como sujeto pasivoSegún situación

Los tipos de IVA aplicables a los servicios digitales en Francia en 2026 son los siguientes: 20 % (tipo general), 5,5 % (libros electrónicos, prensa en línea, determinados servicios culturales), 2,1 % (prensa informativa reconocida).

¿Cuándo se hace obligatorio un representante fiscal para un prestador digital?

Para los servicios digitales B2C puros, el OSS No-Unión permite evitar la designación de un representante fiscal. Sin embargo, un representante fiscal de IVA en Francia se hace necesario en varias situaciones habituales entre los actores del sector digital:

  • La empresa dispone de servidores o infraestructura física en Francia que genera flujos de IVA locales.
  • Realiza ventas a empresas francesas sujetas a facturación local (casos en que no es aplicable la inversión del sujeto pasivo).
  • Tiene un establecimiento permanente en Francia a efectos fiscales (oficina, personal local…).
  • Realiza importaciones físicas vinculadas a su actividad digital (material, equipos).
  • Desea recuperar el IVA francés sobre sus compras locales.
Ejemplo práctico Una startup estadounidense comercializa un SaaS a 500 empresas francesas (B2B) y 2.000 particulares franceses (B2C). Para las empresas, no hay IVA que recaudar (inversión del sujeto pasivo). Para los particulares, se registra en el OSS No-Unión en Irlanda y declara el IVA francés a través de esa ventanilla. No necesita representante fiscal — salvo si abre una oficina en Francia.
Atención a las plataformas Desde julio de 2021, las plataformas digitales intermediarias se consideran "deemed suppliers" para determinadas ventas: recaudan y liquidan el IVA en lugar del vendedor. Si vende a través de un marketplace, verifique si es la plataforma o usted quien es responsable del IVA francés.

Si su situación va más allá del simple caso de servicios B2C a través del OSS, un representante fiscal acreditado por la DGFiP puede analizar sus flujos y garantizar su cumplimiento fiscal en Francia.

Preguntas frecuentes

Si el cliente es una empresa francesa sujeta al IVA, se aplica el mecanismo de inversión del sujeto pasivo: es el cliente quien declara y paga el IVA. El prestador extranjero no tiene que recaudar el IVA francés. En cambio, si el cliente es un particular, el prestador debe el IVA francés, a través del OSS o de un representante fiscal.
Los servicios digitales (o electrónicos) incluyen: suministro de software/aplicaciones en línea, alojamiento web, streaming de audio/vídeo, juegos en línea, libros electrónicos, publicidad en línea, acceso a bases de datos, formación e-learning automatizada. Se caracterizan por su total desmaterialización y su prestación a través de internet.
Puede registrarse en el OSS No-Unión en un Estado miembro de la UE sin designar representante fiscal para sus ventas B2C. Sin embargo, si tiene otras operaciones gravadas en Francia (almacenamiento, etc.), un representante fiscal de IVA sigue siendo obligatorio para cubrir esos flujos.
No necesariamente. El tipo general es del 20 %, aplicable a la mayoría de los servicios digitales (SaaS, streaming de vídeo, publicidad…). Un tipo reducido del 5,5 % se aplica a determinados contenidos culturales (libros digitales, prensa en línea) y el 2,1 % a la prensa informativa en línea.
La normativa de IVA exige recopilar dos elementos de prueba no contradictorios: dirección IP, datos bancarios, dirección de facturación, código de país de la SIM, etc. Para las transacciones B2B, basta con un número de IVA intracomunitario válido.

¿Necesita un representante fiscal acreditado?

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