¿Quién inspecciona y en qué base legal?
La Dirección General de Finanzas Públicas (DGFiP) es competente para inspeccionar a cualquier persona física o jurídica con obligaciones fiscales en Francia, sea residente o no. Para los no residentes, generalmente actúa el Servicio de Impuestos de Empresas Extranjeras (SIEE), dependiente de la Dirección de Residentes en el Extranjero y Servicios Generales (DRESG).
La base legal de la inspección se encuentra en el Libro de Procedimientos Fiscales (LPF), en particular en los artículos L. 10 a L. 100. Todo sujeto pasivo del IVA francés, todo propietario inmobiliario no residente o toda empresa que obtenga beneficios gravables en Francia puede ser inspeccionado, independientemente de su país de establecimiento.
Los diferentes tipos de inspección fiscal
Varios tipos de inspección pueden afectar a un no residente o a una empresa extranjera que opere en Francia. Cada uno responde a un procedimiento específico con sus propias garantías.
- El control documental: realizado desde las oficinas de la DGFiP, consiste en cruzar las declaraciones con la información disponible (datos bancarios, declaraciones de terceros, información aduanera). Es la forma más habitual, a menudo invisible para el contribuyente hasta la recepción de una solicitud de aclaraciones.
- La verificación de contabilidad: el inspector se desplaza a las instalaciones de la empresa (o a las de su representante fiscal) para examinar los documentos contables. Afecta principalmente a las empresas con actividad comercial en Francia.
- El examen de contabilidad a distancia (ECD): introducido en 2014, este mecanismo permite a la DGFiP analizar los archivos contables desmaterializados sin desplazarse. Muy utilizado para empresas extranjeras cuyos archivos son difíciles de acceder físicamente.
- El control de IVA: se activa cuando aparecen incoherencias entre las declaraciones CA3, los intercambios intracomunitarios y los datos de los socios comerciales.
- El procedimiento de flagrancia fiscal: reservado a los casos de fraude manifiesto. Permite a la administración incautar bienes y levantar un acta inmediata.
| Tipo de inspección | ¿A quién va dirigida? | Duración media |
|---|---|---|
| Control documental | Todos los contribuyentes | 3 a 6 meses |
| Verificación de contabilidad | Empresas (BIC/BNC/IS) | 6 a 12 meses |
| Examen de contabilidad a distancia | Empresas con archivos FEC | 3 a 6 meses |
| Control de IVA específico | Sujetos pasivos de IVA | 2 a 4 meses |
¿Cómo se desarrolla el procedimiento?
Una inspección fiscal sigue un procedimiento formalizado, jalonado de etapas reglamentarias que el contribuyente debe conocer para ejercer sus derechos.
1. El aviso de verificación: cualquier inspección in situ debe ir precedida de un aviso enviado con un mínimo de dos días hábiles de antelación antes de la primera actuación. Este aviso menciona el objeto de la inspección, los ejercicios verificados y el derecho del contribuyente a ser asistido por un asesor.
2. La actuación y los intercambios: el inspector examina los documentos, formula preguntas y puede solicitar explicaciones por escrito. Para un no residente, el representante fiscal suele ser el interlocutor principal.
3. La propuesta de regularización (anteriormente "rectificación"): si se detectan anomalías, la administración envía una propuesta de regularización motivada. El contribuyente dispone de 30 días (prorrogables a 60 a petición) para responder.
4. La respuesta y los recursos: en caso de desacuerdo, existen varias vías de recurso: recurso jerárquico, comisión de impuestos directos y vía contenciosa ante los tribunales administrativos.
Sus derechos frente a la administración fiscal
El derecho fiscal francés concede garantías importantes a los contribuyentes inspeccionados, incluidos los no residentes. Estos derechos deben ejercerse dentro de los plazos establecidos.
- Derecho a la asistencia de un asesor: un abogado fiscalista, un contable o un representante fiscal pueden acompañarle en todas las etapas.
- Derecho a la carta del contribuyente inspeccionado: de entrega obligatoria en cualquier verificación in situ, resume sus derechos y las obligaciones de la administración.
- Derecho a interlocutor de nivel jerárquico superior: en caso de desacuerdo persistente con el inspector, puede solicitar reunirse con su superior jerárquico.
- Derecho al recurso gracioso: posible tras la emisión de la liquidación, para obtener una remisión parcial de las sanciones e intereses de demora.
Para evitar estos riesgos y disponer de un interlocutor reactivo ante la DGFiP, recurra a un representante fiscal acreditado. Nuestra lista le permite comparar los profesionales homologados según su especialidad y su situación.