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Representante fiscal en Francia para residentes y empresas americanas

¿Vive en Estados Unidos y tiene un inmueble en Francia, o su empresa americana vende en el mercado francés? Aquí encontrará exactamente lo que la ley le exige y cómo cumplirlo.

¿Quién está afectado del lado americano?

Como Estados Unidos no es miembro de la Unión Europea, las personas físicas y jurídicas de nacionalidad o residencia americana están sujetas a las mismas normas que el conjunto de entidades de fuera de la UE: la obligación de designar un representante fiscal acreditado en Francia desde el momento en que realizan operaciones gravables en territorio francés.

Concretamente, están afectados: los residentes americanos propietarios de un inmueble en Francia (especialmente en el momento de la venta), las LLC, Inc., C-Corp y S-Corp que realizan ventas de bienes o servicios sujetos al IVA francés, así como los expatriados franceses establecidos en Estados Unidos que conservan un patrimonio inmobiliario en Francia.

Principio básico Toda entidad establecida fuera de la Unión Europea que realice operaciones gravables con IVA en Francia debe designar un representante fiscal acreditado (artículo 289 A del CGI). Esta norma se aplica plenamente a las entidades americanas.

Obligaciones de IVA para empresas americanas

Una sociedad americana que vende bienes almacenados en Francia, que importa y distribuye mercancías en el territorio, o que presta servicios digitales a consumidores franceses, está sujeta al IVA francés. Debe:

  • Registrarse ante el Servicio de Impuestos de Empresas Extranjeras (SIEE) en París
  • Designar un representante fiscal acreditado por la DGFiP
  • Presentar declaraciones periódicas (CA3 mensual o trimestral)
  • Permitir que su representante constituya, si se exige, una garantía bancaria

Las empresas americanas que utilizan Amazon FBA (Fulfillment by Amazon) con existencias en almacenes franceses están especialmente afectadas. El almacenamiento de mercancías en Francia crea de inmediato una obligación de IVA local, independientemente del volumen de facturación.

Ejemplo concreto Una start-up californiana vende complementos alimenticios a través de su sitio de e-commerce y usa un operador logístico 3PL en la región parisina para abastecer a sus clientes franceses. Desde el primer envío al almacén, debe registrarse al IVA francés y nombrar un representante fiscal. Sin ello, se expone a sanciones de hasta el 50 % de los derechos eludidos.

Obligaciones inmobiliarias para residentes en EE. UU.

Un residente americano (o un expatriado francés que vive en Estados Unidos) que vende un inmueble en Francia está sujeto al impuesto francés sobre la plusvalía inmobiliaria de los no residentes. El tipo es del 19 % para los nacionales del EEE y del 26,5 % para los demás no residentes, a lo que se añade un 17,2 % de contribuciones sociales (salvo exenciones).

Si el importe de la plusvalía supera los 150 000 €, la designación de un representante fiscal acreditado es obligatoria. El notario no podrá transferir el producto de la venta sin la certificación del representante de que las obligaciones fiscales están cumplidas. Por debajo de ese umbral, el notario retiene directamente el impuesto en origen.

Punto de atención Los nacionales americanos no se benefician del régimen UE/EEE en materia de plusvalía inmobiliaria. El tipo impositivo aplicable es del 26,5 % (y no del 19 %), salvo disposición contraria del convenio fiscal Francia-EE. UU. o exención específica.

Convenio fiscal Francia-EE. UU.: lo que cambia

Francia y Estados Unidos están vinculados por un convenio fiscal bilateral firmado en 1994 y revisado posteriormente. Este convenio tiene como objetivo evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal. Establece normas de atribución de los derechos de imposición sobre los ingresos inmobiliarios, las plusvalías y los ingresos de actividad.

En la práctica, el convenio no elimina la obligación de designar un representante fiscal en Francia. Sin embargo, puede reducir el importe del impuesto adeudado en Francia al otorgar un crédito fiscal en Estados Unidos por los impuestos pagados en Francia. Conviene distinguir:

  • La obligación de representación fiscal: se mantiene, regida por el derecho interno francés
  • La eliminación de la doble imposición: tratada por el convenio, permite deducir el impuesto francés del impuesto americano

Designar su representante fiscal: los trámites

El procedimiento para un residente o una empresa americana es idéntico al de cualquier otro no residente fuera de la UE. Comprende cuatro etapas principales:

  • Elegir un representante acreditado: el representante debe estar homologado por la DGFiP. Verifique su acreditación antes de firmar.
  • Firmar el mandato de representación: documento contractual que especifica el alcance de la misión, la duración y la remuneración.
  • Presentar el expediente de registro: el representante envía la solicitud al SIEE con los estatutos de la sociedad (o el título de propiedad para inmuebles), traducidos si es necesario.
  • Obtener el número de IVA intracomunitario: en un plazo medio de 4 a 8 semanas. Este número debe figurar en todas las facturas emitidas en Francia.

Para encontrar un profesional adaptado a su situación americana (bilingüe en inglés, con conocimiento del derecho fiscal franco-americano), consulte la lista de representantes fiscales acreditados.

Preguntas frecuentes

Sí. Como Estados Unidos no es miembro de la Unión Europea, cualquier sociedad americana (LLC, Inc., Corporation) que realice operaciones gravables con IVA en Francia está obligada a designar un representante fiscal acreditado por la DGFiP en virtud del artículo 289 A del Código General Tributario francés (CGI).
Sí, en relación con la plusvalía inmobiliaria en una venta. Si la plusvalía supera los 150 000 €, debe designar un representante fiscal acreditado para certificar el pago del impuesto antes de que el notario transfiera el producto de la venta.
No. El convenio fiscal franco-americano evita la doble imposición, pero no exime a las entidades americanas de la obligación de representación fiscal para el IVA francés. Ambas obligaciones son independientes.
El precio varía generalmente entre 500 € y 3 000 € al año, según el volumen de actividad y la naturaleza de las obligaciones (IVA, inmuebles, declaraciones). Algunos representantes ofrecen tarifas planas adaptadas a pymes y start-ups americanas.
Fuentes oficiales impots.gouv.frBOFiPservice-public.frIRS.gov

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