¿Qué es la venta a distancia hacia Francia?
Las ventas a distancia (VAD) designan las ventas de bienes a particulares (B2C) en las que el vendedor garantiza u organiza el transporte desde otro país hasta Francia. Este régimen se distingue de las transacciones B2B donde se aplica el mecanismo de inversión del sujeto pasivo del IVA entre profesionales.
Desde la reforma del IVA de julio de 2021 (directiva UE 2017/2455), las normas han evolucionado profundamente. El objetivo es simple: el IVA debe recaudarse en el país del consumidor final, y no en el país del vendedor. Esta reforma creó la ventanilla única OSS (One Stop Shop) y modificó las obligaciones de los vendedores extranjeros.
El umbral OSS de 10 000 €: ¿a quién afecta?
Para las empresas establecidas en la Unión Europea, se ha establecido un umbral único de 10 000 € de ventas anuales hacia el conjunto de consumidores de la UE (todos los países miembros incluidos). Por debajo de este umbral, el vendedor puede seguir aplicando el IVA de su país de establecimiento. Por encima, debe el IVA en cada país de destino.
Este sistema se simplifica gracias a la ventanilla única OSS: en lugar de registrarse en cada país europeo, la empresa declara y paga todo su IVA intracomunitario desde su país de establecimiento. Esta simplificación considerable solo afecta, sin embargo, a las empresas de la UE.
| Situación del vendedor | Umbral aplicable | Mecanismo |
|---|---|---|
| Establecido en la UE, ventas < 10 000 €/año hacia la UE | IVA del país de origen | Declaración local |
| Establecido en la UE, ventas > 10 000 €/año hacia la UE | IVA del país consumidor | OSS (ventanilla única) |
| Establecido fuera de la UE, todas las ventas hacia Francia | Sin umbral | Representante fiscal obligatorio |
Vendedores fuera de la UE: normas específicas y representante fiscal
Si su empresa está establecida fuera de la Unión Europea — Estados Unidos, China, Reino Unido post-Brexit, Canadá, Australia — las normas son más restrictivas. El OSS no le es accesible fuera del régimen IOSS (limitado a las importaciones de paquetes de menos de 150 €). Para toda venta de bienes almacenados en Francia o de valor superior a 150 €, debe obligatoriamente:
- Registrarse en IVA en Francia ante el Servicio de Impuestos de Empresas Extranjeras (SIEE)
- Designar un representante fiscal acreditado por la DGFiP según el artículo 289 A del CGI
- Presentar declaraciones de IVA periódicas (CA3) a través de dicho representante
- Mantener una contabilidad de las operaciones imponibles en Francia
Obligaciones prácticas: registro y declaraciones
El procedimiento de registro de IVA para un vendedor fuera de la UE sigue un camino preciso. El representante fiscal prepara un expediente que incluye los estatutos de la empresa extranjera, un justificante de su actividad y el poder otorgado al representante. El registro ante el SIEE tarda generalmente de 4 a 6 semanas.
Una vez registrado, el vendedor recibe un número de IVA intracomunitario francés (FR + 11 dígitos). Este número debe figurar en todas las facturas emitidas para operaciones imponibles en Francia. Las declaraciones de IVA (formulario CA3) se presentan mensual o trimestralmente según el régimen.
Para gestionar con tranquilidad sus obligaciones de ventas a distancia en Francia, la solución más segura es mandar a un representante fiscal acreditado DGFiP. Nuestra lista le permite comparar los profesionales según su experiencia en e-commerce.