E-commerce & IVA Francia

Ventas a distancia hacia Francia: umbral de IVA y representante fiscal

Umbral OSS, obligaciones de IVA según su país de establecimiento, papel del representante fiscal: esta guía le explica las normas aplicables a los vendedores en línea que venden a consumidores franceses.

¿Qué es la venta a distancia hacia Francia?

Las ventas a distancia (VAD) designan las ventas de bienes a particulares (B2C) en las que el vendedor garantiza u organiza el transporte desde otro país hasta Francia. Este régimen se distingue de las transacciones B2B donde se aplica el mecanismo de inversión del sujeto pasivo del IVA entre profesionales.

Desde la reforma del IVA de julio de 2021 (directiva UE 2017/2455), las normas han evolucionado profundamente. El objetivo es simple: el IVA debe recaudarse en el país del consumidor final, y no en el país del vendedor. Esta reforma creó la ventanilla única OSS (One Stop Shop) y modificó las obligaciones de los vendedores extranjeros.

Regla básica en 2026 El IVA sobre una venta a distancia a un particular francés se debe en Francia, al tipo francés (20 % para la mayoría de los bienes). Esta norma se aplica tanto si el vendedor está establecido en la UE como fuera de ella.

El umbral OSS de 10 000 €: ¿a quién afecta?

Para las empresas establecidas en la Unión Europea, se ha establecido un umbral único de 10 000 € de ventas anuales hacia el conjunto de consumidores de la UE (todos los países miembros incluidos). Por debajo de este umbral, el vendedor puede seguir aplicando el IVA de su país de establecimiento. Por encima, debe el IVA en cada país de destino.

Este sistema se simplifica gracias a la ventanilla única OSS: en lugar de registrarse en cada país europeo, la empresa declara y paga todo su IVA intracomunitario desde su país de establecimiento. Esta simplificación considerable solo afecta, sin embargo, a las empresas de la UE.

Situación del vendedorUmbral aplicableMecanismo
Establecido en la UE, ventas < 10 000 €/año hacia la UEIVA del país de origenDeclaración local
Establecido en la UE, ventas > 10 000 €/año hacia la UEIVA del país consumidorOSS (ventanilla única)
Establecido fuera de la UE, todas las ventas hacia FranciaSin umbralRepresentante fiscal obligatorio

Vendedores fuera de la UE: normas específicas y representante fiscal

Si su empresa está establecida fuera de la Unión Europea — Estados Unidos, China, Reino Unido post-Brexit, Canadá, Australia — las normas son más restrictivas. El OSS no le es accesible fuera del régimen IOSS (limitado a las importaciones de paquetes de menos de 150 €). Para toda venta de bienes almacenados en Francia o de valor superior a 150 €, debe obligatoriamente:

  • Registrarse en IVA en Francia ante el Servicio de Impuestos de Empresas Extranjeras (SIEE)
  • Designar un representante fiscal acreditado por la DGFiP según el artículo 289 A del CGI
  • Presentar declaraciones de IVA periódicas (CA3) a través de dicho representante
  • Mantener una contabilidad de las operaciones imponibles en Francia
Ejemplo concreto Una tienda en línea con sede en Estados Unidos vende ropa enviada desde un almacén americano a clientes franceses. Desde el primer euro de ventas, debe el IVA francés al 20 %. Sin acceso al OSS, debe designar un representante fiscal en Francia que la registre, recaude el IVA en su nombre y lo remita a la DGFiP.

Obligaciones prácticas: registro y declaraciones

El procedimiento de registro de IVA para un vendedor fuera de la UE sigue un camino preciso. El representante fiscal prepara un expediente que incluye los estatutos de la empresa extranjera, un justificante de su actividad y el poder otorgado al representante. El registro ante el SIEE tarda generalmente de 4 a 6 semanas.

Una vez registrado, el vendedor recibe un número de IVA intracomunitario francés (FR + 11 dígitos). Este número debe figurar en todas las facturas emitidas para operaciones imponibles en Francia. Las declaraciones de IVA (formulario CA3) se presentan mensual o trimestralmente según el régimen.

Atención a los marketplaces Desde julio de 2021, los marketplaces (Amazon, Cdiscount, Fnac…) se han convertido en responsables del IVA en lugar del vendedor para determinadas transacciones. Esto no le exime de su obligación de representación fiscal si realiza otras operaciones imponibles en Francia (almacenamiento, ventas directas, etc.).

Para gestionar con tranquilidad sus obligaciones de ventas a distancia en Francia, la solución más segura es mandar a un representante fiscal acreditado DGFiP. Nuestra lista le permite comparar los profesionales según su experiencia en e-commerce.

Preguntas frecuentes

Para los vendedores establecidos en la UE, el umbral OSS es de 10 000 € de ventas anuales hacia el conjunto de la UE (Francia incluida). Por encima de este umbral, el IVA se debe en cada país de consumo. Para los vendedores fuera de la UE, no existe umbral: toda venta en Francia está sujeta al IVA francés desde el primer euro.
No. La ventanilla única OSS está reservada a las empresas establecidas en la Unión Europea. Un vendedor estadounidense, chino o canadiense no puede inscribirse en el OSS y debe obligatoriamente designar un representante fiscal acreditado en Francia para sus obligaciones de IVA.
No. Las normas de ventas a distancia (VAD) se aplican a las ventas B2C (a particulares). Para las ventas B2B, se aplica el mecanismo de inversión del sujeto pasivo: la empresa cliente francesa declara el IVA ella misma. El representante fiscal sigue siendo necesario para otras operaciones imponibles.
El IOSS (Import One Stop Shop) es un régimen específico para las importaciones de paquetes de menos de 150 € destinados a particulares de la UE. Permite recaudar el IVA en la venta. Los vendedores fuera de la UE pueden utilizar el IOSS a través de un intermediario fiscal, pero esto no sustituye al representante fiscal de IVA para las demás obligaciones francesas.
Un vendedor establecido fuera de la UE debe designar un representante fiscal acreditado por la DGFiP, que realizará los trámites de registro ante el Servicio de Impuestos de Empresas Extranjeras (SIEE) en París. El representante prepara el expediente, obtiene el número de IVA intracomunitario y asegura las declaraciones periódicas.

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