Empresas extranjeras

Empresa extranjera en Francia: representante fiscal y obligaciones fiscales

¿Dirige una sociedad establecida fuera de Francia y realiza allí ventas o prestaciones de servicios? Aquí encontrará las obligaciones de IVA y fiscales que le conciernen, y cuándo es obligatorio un representante fiscal.

¿Cuándo es obligatorio el representante fiscal?

El derecho francés obliga a toda empresa no establecida en Francia que realice operaciones sujetas al IVA francés a identificarse fiscalmente y, según su país de origen, a designar un representante fiscal acreditado. El artículo 289 A del CGI establece el marco legal.

La regla es binaria: si su empresa está establecida en un Estado miembro de la Unión Europea o en un país que ha concluido con Francia un convenio de asistencia mutua en la recaudación, puede identificarse directamente sin pasar por un representante. En todos los demás casos — Estados Unidos, Reino Unido post-Brexit, China, Australia, Emiratos Árabes Unidos, Canadá, etc. — la designación de un representante fiscal acreditado es obligatoria.

Para recordar Desde el Brexit (1 de enero de 2021), las empresas británicas ya no se benefician de la simplificación de la UE y deben obligatoriamente designar un representante fiscal acreditado para su IVA francés.

Obligaciones de IVA de una empresa extranjera en Francia

Una empresa extranjera que realiza operaciones imponibles en Francia debe:

  • Registrarse en el IVA francés ante el Servicio de Impuestos para Empresas Extranjeras (SIEE).
  • Recaudar el IVA francés al tipo aplicable (20 % para el tipo normal, 10 % y 5,5 % para los tipos reducidos).
  • Presentar declaraciones periódicas de IVA (CA3 mensual o trimestral según el volumen de facturación).
  • Abonar el IVA recaudado a la DGFiP en los plazos legales.
  • Conservar y transmitir los justificantes contables en caso de inspección.

Si su empresa realiza entregas de bienes almacenados en Francia (a través de un almacén, un operador logístico o una plataforma como Amazon FBA), se considera que realiza ventas en territorio nacional, aunque su sede esté en el extranjero. El IVA francés es entonces exigible desde el primer euro.

País de establecimiento¿Representante fiscal obligatorio?Simplificación posible
Unión Europea (27 Estados)NoRegistro directo
Reino Unido (post-Brexit)Ninguna
EE. UU., China, Australia...Ninguna
Canadá, Suiza (convenio firmado)No (IVA)Registro directo

Establecimiento permanente vs representante fiscal

Estas dos nociones se confunden a menudo, pero contemplan realidades jurídicas muy distintas. El establecimiento permanente en el sentido del impuesto sobre sociedades (IS) designa una presencia permanente en Francia: oficina, fábrica, obra de más de 12 meses, agente dependiente... Cuando se reconoce un establecimiento permanente, la sociedad extranjera es deudora del IS en Francia sobre los beneficios que le son imputables.

El representante fiscal acreditado, por su parte, actúa únicamente en el ámbito del IVA. Su designación no crea un establecimiento permanente. Una misma empresa puede, por tanto, tener un representante fiscal de IVA en Francia (para sus ventas) sin estar sujeta al IS francés — siempre que no disponga de presencia física suficiente para constituir un establecimiento permanente.

Ejemplo concreto Una empresa americana vende productos a través de Amazon FBA en Francia: sus mercancías están almacenadas en un almacén Amazon en Île-de-France. Debe designar un representante fiscal acreditado para su IVA francés. En cambio, si Amazon gestiona el almacenamiento y el envío de forma totalmente automatizada sin personal dedicado de la empresa americana, en principio no se constituye ningún establecimiento permanente, y la empresa no es deudora del IS francés.

Cómo proceder: etapas de registro

Para que una empresa extranjera fuera de la UE esté correctamente registrada en el IVA en Francia, estas son las etapas a seguir:

  • Etapa 1 — Elegir un representante fiscal acreditado: compare los profesionales según su especialidad y la naturaleza de sus operaciones (e-commerce, inmobiliario, prestaciones de servicios...).
  • Etapa 2 — Designar al representante: firme un mandato de representación y abone la garantía bancaria solicitada (generalmente proporcional al importe de IVA estimado).
  • Etapa 3 — Constituir el expediente de registro: extracto del registro mercantil o documento equivalente traducido y apostillado, estatutos de la sociedad, prueba de las operaciones imponibles en Francia, copia del mandato de representación.
  • Etapa 4 — Presentar el expediente al SIEE: el Servicio de Impuestos para Empresas Extranjeras tramita la solicitud y expide el número de IVA intracomunitario francés (FR + 11 dígitos).
  • Etapa 5 — Iniciar las declaraciones: su representante fiscal presentará las declaraciones CA3 y abonará el IVA en su nombre.
Punto de atención Ejercer una actividad imponible en Francia sin registro de IVA expone a su empresa a una regularización fiscal sobre el conjunto del volumen de negocio realizado, con intereses de demora y una penalización del 40 % por incumplimiento deliberado. El representante fiscal acreditado actúa como garantía solidaria de este riesgo.

La solución más segura es confiar su representación fiscal a un profesional acreditado. Consulte nuestra lista de representantes fiscales acreditados en Francia para encontrar el prestador adaptado a su situación.

Preguntas frecuentes

Depende de su país de establecimiento y de la naturaleza de sus operaciones. Las empresas establecidas fuera de la UE que realizan operaciones imponibles en Francia deben obligatoriamente designar un representante fiscal acreditado en materia de IVA (artículo 289 A del CGI). Las empresas de la UE se benefician de la simplificación permitida por la directiva 2006/112/CE.
El establecimiento permanente implica una presencia permanente y autónoma en Francia (oficina, almacén con personal dedicado), lo que crea una obligación de IS. El representante fiscal, por su parte, es un mandatario que actúa por cuenta de la sociedad extranjera sin crear un establecimiento permanente. Estas dos nociones son independientes y pueden coexistir.
Sí. Al no ser Estados Unidos miembro de la UE y no haber firmado un convenio de asistencia en la recaudación con Francia, toda LLC americana que realice entregas de bienes o prestaciones de servicios imponibles en Francia debe designar un representante fiscal acreditado para gestionar su IVA francés.
Sí, el representante fiscal acreditado es solidariamente responsable del pago del IVA recaudado por la empresa extranjera. Por eso generalmente exige el pago de una garantía bancaria antes de aceptar la misión.
La solicitud de registro se realiza ante el Servicio de Impuestos para Empresas Extranjeras (SIEE) de la DRESG. Debe ir acompañada del Kbis o documento equivalente traducido, de una prueba de actividad imponible en Francia y, si la empresa está fuera de la UE, del mandato que designa al representante fiscal acreditado.

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