Obligaciones fiscales

Impuesto de sociedades en Francia para las empresas extranjeras

¿Está su empresa extranjera sujeta al IS francés? Descubra cuándo se aplica el impuesto de sociedades, cuáles son sus obligaciones declarativas y cómo cumplirlas en 2026.

Principio del IS para las sociedades extranjeras en Francia

El impuesto de sociedades (IS) francés se rige por el principio de territorialidad: una empresa extranjera solo tributa en Francia, en principio, por los beneficios que obtiene en ese país. A diferencia de ciertos países que gravan las rentas mundiales, Francia solo impone a las sociedades extranjeras sobre su actividad ejercida en territorio francés.

Este principio se precisa en el artículo 209 del Código General de Impuestos (CGI) y está encuadrado por los convenios fiscales bilaterales firmados por Francia con más de 130 países. Estos convenios definen con precisión las condiciones en las que un Estado puede gravar los beneficios de una sociedad residente del otro Estado contratante.

Regla fundamental Una empresa extranjera solo está sujeta al IS francés si dispone de un establecimiento permanente en Francia, realiza operaciones que forman un ciclo comercial completo en el territorio, o efectúa ciertas operaciones expresamente previstas por la ley francesa (rentas inmobiliarias, plusvalías, etc.).

El establecimiento permanente: el criterio central de la sujeción

La noción de establecimiento permanente es el núcleo de la sujeción de una empresa extranjera al IS francés. Designa cualquier instalación fija de negocios a través de la cual una empresa ejerce toda o parte de su actividad de manera duradera en territorio francés.

Constituyen generalmente un establecimiento permanente:

  • Una sede de dirección, oficina, sucursal o agencia localizada en Francia
  • Una fábrica, taller o lugar de producción instalado de manera duradera
  • Una obra de construcción o montaje de duración superior a 12 meses (umbral que puede variar según los convenios)
  • Un agente dependiente residente en Francia que celebra habitualmente contratos en nombre de la sociedad extranjera
  • Un almacén cuyas existencias y entregas gestiona directamente la sociedad

En cambio, el simple almacenamiento de mercancías, la compra de bienes o la recopilación de información con carácter preparatorio no constituyen un establecimiento permanente, siempre que estas actividades no formen un ciclo comercial completo.

Situación¿Establecimiento permanente?IS aplicable
Oficina permanente con personal asalariadoSí, sobre beneficios atribuibles
Almacén Amazon FBA (sin gestión directa)Generalmente noNo (solo IVA)
Obra de 18 meses
Agente independiente en FranciaNoNo
SCI francesa en poder de sociedad extranjeraNo (entidad distinta)IS sobre rentas/PV inmobiliarias

Obligaciones declarativas y de pago en Francia

Cuando una empresa extranjera está sujeta al IS en Francia, debe cumplir un conjunto de obligaciones declarativas ante el Servicio de Impuestos de Empresas (SIE) competente, generalmente la Dirección de Grandes Empresas (DGE) para las sociedades extranjeras de cierta envergadura.

Las principales obligaciones son las siguientes:

  • Declaración de resultados (formulario 2065): debe presentarse dentro de los 3 meses siguientes al cierre del ejercicio. Detalla los beneficios imponibles en Francia atribuibles al establecimiento permanente.
  • Pago del IS: mediante pagos fraccionados trimestrales (15 de marzo, 15 de junio, 15 de septiembre, 15 de diciembre) calculados en base al IS del ejercicio anterior, y liquidación final al cierre.
  • Retención en origen: ciertas rentas abonadas a sociedades extranjeras (dividendos, intereses, cánones, determinadas prestaciones de servicios) pueden estar sujetas a retención en origen en Francia, cuyo tipo varía según los convenios fiscales aplicables.
  • Impuesto del 3 % sobre inmuebles: las entidades extranjeras que poseen inmuebles en Francia están sujetas a este impuesto anual, salvo que presenten una declaración (formulario 2746) revelando a sus accionistas.
Ejemplo concreto Una sociedad alemana abre una oficina comercial en París con 3 empleados para desarrollar sus ventas en Francia. Esta oficina constituye un establecimiento permanente. La sociedad deberá registrarse ante los servicios tributarios franceses, presentar una declaración de IS anual y pagar el impuesto sobre la fracción de los beneficios mundiales atribuible a la actividad francesa. El convenio franco-alemán determinará el reparto de la tributación entre ambos países.

Casos particulares: SCI extranjera, holding y e-commerce

Ciertas estructuras extranjeras están sujetas a regímenes de IS específicos en Francia, independientemente de la noción de establecimiento permanente.

SCI y sociedades con predominio inmobiliario: una sociedad extranjera cuyo activo está principalmente compuesto de bienes inmuebles franceses se considera una sociedad con predominio inmobiliario. Las plusvalías obtenidas al ceder sus participaciones son imponibles en Francia, aunque la sociedad no tenga establecimiento permanente. También está sujeta a la retención en origen del 33,1/3 % (tipo reducido convencional posible).

Holdings extranjeras: una holding extranjera que percibe dividendos de filiales francesas puede estar sujeta a retención en origen en Francia sobre dichas rentas. El tipo legal es del 30 %, reducido según los convenios fiscales o la directiva matriz-filial para las holdings europeas.

Vendedores de e-commerce y almacenamiento: un vendedor extranjero que almacena mercancías en Francia a través de un operador logístico tercero (3PL) no constituye generalmente un establecimiento permanente. Sus obligaciones fiscales se limitan al IVA francés. Sin embargo, si gestiona directamente un almacén con personal, la cuestión del establecimiento permanente se plantea.

Atención: la recalificación como establecimiento permanente La administración tributaria francesa vigila los montajes destinados a evitar la constitución de un establecimiento permanente (filiales artificiales, agentes llamados "independientes" que en realidad no lo son). Una recalificación puede suponer una liquidación fiscal sobre varios años, con recargos e intereses de demora.

Para proteger su situación, especialmente si dispone de una presencia comercial en Francia, se recomienda consultar a un profesional acreditado. Los representantes fiscales acreditados por la DGFiP pueden orientarle o ponerle en contacto con el asesor fiscal adaptado a su situación.

Preguntas frecuentes

Por regla general, no. El impuesto de sociedades francés solo se aplica a los beneficios obtenidos mediante un establecimiento permanente o una explotación habitual en Francia. Sin presencia permanente, los beneficios siguen siendo imponibles en el país de residencia de la sociedad.
Un establecimiento permanente es una instalación fija de negocios (oficina, fábrica, obra de más de 12 meses...) a través de la cual una empresa extranjera ejerce toda o parte de su actividad en Francia. La presencia de un agente dependiente que celebra habitualmente contratos en nombre de la sociedad también puede constituir un establecimiento permanente.
El representante fiscal acreditado está principalmente mandatado para las obligaciones de IVA. Para el IS, las obligaciones declarativas corresponden a un asesor fiscal o contable. Sin embargo, algunos representantes fiscales ofrecen un acompañamiento global que incluye el IS, en particular para las SCI extranjeras o los holdings.
La ausencia de declaración de IS cuando la empresa dispone de un establecimiento permanente en Francia conlleva sanciones por demora (del 10 % al 40 % de los derechos), intereses de demora (0,20 % mensual) y potencialmente un procedimiento de liquidación contradictoria. El plazo de prescripción general es de 3 años, ampliado a 10 años en caso de fraude probado.
Sí, bajo ciertas condiciones. Una holding extranjera que posee bienes inmuebles en Francia puede estar sujeta al IS francés sobre las rentas o plusvalías inmobiliarias francesas, en particular a través de las normas sobre sociedades con predominio inmobiliario. También puede estar sujeta al impuesto del 3 % sobre el valor venal de los inmuebles si no cumple las obligaciones declarativas.

¿Necesita un representante fiscal acreditado?

Consulte nuestra lista de representantes fiscales acreditados por la DGFiP. Compare especialidades, solicite presupuesto y garantice el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en Francia.

Consultar la lista 2026 ¿Cómo elegir bien?